Marco Normativo

04.11.2018

Marco normativo

La integración de las tecnologías en la educación, desde la llegada de la LOE en 2006 se produce un cambio competencial, de manera que se apuesta más por la integración tecnológica digital en los aprendizajes, aunque queda mucho camino por recorrer.

LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación): (Tecnologías de la Información y la Comunicación). Según dicho artículo, debe haber programas en todos los centros para la integración tanto de materiales como de tecnologías.

  • Se debe identificar qué sistemas de información necesitan para la gestión académica, administrativa o de aprendizaje. Para después, determinar qué necesita cada centro. Así habrá una mejora en el Sistema Educativo Español.
  • Cada espacio virtual de aprendizaje debe estar organizado por los docentes a través de planes educativos. Todos los alumnos deben tener acceso en cualquier sitio del centro (Biblioteca, sala de estudio...) para así facilitar su aprendizaje.
  • El ministerio de Educación aporta plataformas digitales y tecnológicas para toda la comunidad educativa. Dentro de ellas, aportan recursos didácticos para su uso para que más tarde puedan ser difundidos, reutilizados...
  • Se fomenta el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el aula para así, llevar a cabo tareas de aprendizaje.
  • El profesorado debe estar en continua formación para que pueda manejarse libremente y con destrezas en los recursos tecnológicos.

LOMCE (Ley Orgánica 8/2013 de 9 de Diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa)

Actualmente, la tecnología sigue cambiando la educación. La incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) hace que la educación sea personalizada y se adapte a las necesidades de cada alumno.

Las TIC tiene la función de dar apoyo en caso de bajo rendimiento académico, por otro lado, difundir sin límites los conocimientos transmitidos en el aula.

Son una pieza fundamental para que haya un cambio metodológico en las aulas y así conseguir una mejora educativa. Además, son una herramienta clave para la formación del profesorado.

Real Decreto 126/2014 de 28 de febrero :por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria (BOE 01-03-2014).

Trata de empezar a integrar las nuevas tecnologías y el internet en el uso cotidiano y para el uso en la búsqueda de información, analizando o seleccionar información relevante según el trabajo de la asignatura, así como aprender a usar Internet para indagar en noticias, revistas entre otros. Podemos hacer uso de los medios digitales para crear trabajos tanto individuales como grupales con el fin de mejorar la presentación, planificar y organizar, así como mejorar la comunicación entre los miembros del grupo. La incursión y el uso de Internet y las TIC para reproducir vídeos, DVD, o similares de una forma más rápida y sencilla con fines educativos.

Decreto Autonómico de 2015:

Según el Decreto, la integración de las nuevas tecnologías está garantizada en el desarrollo del currículo. Destaca:

  • La utilización adecuada de las herramientas tecnológicas de la sociedad del conocimiento
  • Preocupación por los nuevos horizontes digitales está garantizada. Dicha importancia se refuerza al incluir la Competencia digital en el marco de las competencias clave porque los docentes prestarán principal atención en diseñar actividades y propuestas que permitan la adquisición de esa capacidad.
  • El horizonte digital viene pisando fuerte y es que una de las iniciativas ha sido introducir en el tercer ciclo una asignatura complementaria titulada "Cultura y práctica digital".

Orden de 17 de marzo de 2015

Recoge el análisis del desarrollo curricular en la que se desarrolla el currículo de la Educación Primaria.

El Decreto 97/2015, de 3 de marzo

Destaca la Orden para que los docentes puedan consultar los Elementos del currículo y su desarrollo.

- Se refuerza el carácter e importancia de las competencias clave y se introduce un aspecto importante de cara a la inclusión tecnológica de forma indirecta al argumentar con "enfoque interdisciplinario que facilite la realización de actividades y tareas relevantes.

El alumnado tiene la obligación de cursar algunas asignaturas de forma inamovible como lengua etc.

- "Las tecnologías de la información y de la comunicación formarán parte del uso habitual como instrumento...". El papel de las Tecnologías de Información y de la Comunicación va ganando un protagonismo imparable:

  • En el área de las Ciencias Naturales, en la orden se describen como " herramienta atractiva, motivadora y facilitadora de los aprendizajes...".
  • En el área de las Ciencias Sociales se reconoce la utilidad del empleo de diferentes recursos didácticos (textos, cuadros, gráficos) y se pone en énfasis la importancia de los elementos didácticos como "la comunicación audiovisual y las Tecnologías de la información y comunicación".
  • En el área de Lengua Castellana y Literatura: En dicha área se reconoce la contribución de la competencia digital que tiene como objetivo el desarrollo de la capacidad crítica y reflexiva, especialmente en el uso oral y escrito de la lengua.
  • En cuanto al área de matemáticas. Se apela especialmente al uso de juegos informáticos que permitan "ambientes creativos y realizar investigaciones". Con especial énfasis el uso de las nuevas tecnologías se dirige al aprendizaje de la geometría por la visualización en el espacio.
  • En el área de Educación Artística: se pone especial énfasis en la "búsqueda constante de ideas novedosas que faciliten el desarrollo de capacidades del alumno como grabaciones, musicales, montajes de imágenes, cuentos digitales o cómics.
  • Las lenguas extranjeras denotan el uso imprescindible de los medios audiovisuales más innovadores para el aprendizaje que permitan crear contextos de comunicación intuitivos y cercanos (uso de notas, correos, chats, SMS). También son importantes los programas digitales que permitan y faciliten estrategias para el intercambio de lenguas (Skype, por ejemplo).
  • El área de educación física también referencia de forma más liviana la integración de las nuevas tecnologías en la medida que apoyen los aprendizajes y análisis de actividades.

Los niveles de concreción curricular:

Tienen como función organizar la práctica docente por ello configuran la actividad a realizar por el docente desde la ley hasta las aulas y se dividen en tres niveles:

  • Primer nivel.Diseño curricular base está formado por las diferentes legislaciones ley, Real Decreto, etc. Plantea de manera general los elementos curriculares que van desde los objetivos generales hasta los bloques de contenidos es elaborado por el Ministerio de educación cultura y deporte.
  • Segundo nivel.El plan de centro: corresponde a los equipos docentes que deberán adecuar los planteamientos enunciados en el primer nivel adaptándolos a la idiosincrasia del centro y detallando el entorno en el que se va a desarrollar los distintos aspectos de la norma. Están compuestos por el ROF (Reglamento de Organización y Funcionamiento), el PG (Plan de Gestión) y el PE (Proyecto Educativo).
  • Tercer nivel.Programación del aula: este nivel se corresponde directamente con la actividad realizada por el docente dentro del aula y la planificación de actividades a realizar a lo largo del curso las cuales deben de estar justificadas y defendidas atendiendo a los niveles de concreción curricular superiores.
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